Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León

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Se resuelve expediente JI-001/2009

1 Abr 38

(1 de abril del 2009).- El Tribunal Estatal Electoral resolvió el Juicio de Inconformidad que se ventila bajo el número JI-001/2009, promovido por la C. ANA CRISTINA MORCOS ELIZONDO, en su carácter de Representante Propietaria ante la Comisión Estatal Electoral del Partido Acción Nacional, en contra de la resolución emitida por la Comisión Estatal Electoral, en sesión extraordinaria de fecha 12 de marzo de 2009, en la cual se aprobó la solicitud de registro, y el convenio de coalición celebrado por los partidos políticos denominados: Partido Revolucionario Institucional, Partido del Trabajo, Partido Demócrata y Partido Cruzada Ciudadana, para participar en las elecciones del cinco de julio de dos mil nueve, con el propósito de postular candidatos en la elección de diputados locales en los veintiséis distritos electorales del Estado de Nuevo León.

 

En la sentencia dictada el día de hoy se analizaron los conceptos de anulación que formuló el partido impugnante en los que sustancialmente se quejaba de la ilegalidad del convenio que dio origen a la coalición referida, ya que en su criterio, los partidos Demócrata y Cruzada Ciudadana no estaban  postulando candidatos surgidos de los mismos en ninguno de los veintiséis distritos electorales locales. Con tal motivo, se estudió el clausulado contenido en el convenio de coalición cuestionado y se arribó a la convicción de que el mismo se ajustó a la normativa establecida para este tipo de actos en la Ley Electoral de la entidad. Consecuentemente,  se declararon INFUNDADOS los conceptos de anulación planteados y se CONFIRMÓ, en lo impugnado, la resolución combatida..

 

El Magistrado Ponente fue el Licenciado JAVIER GARZA Y GARZA y el Secretario proyectista el Licenciado JESÚS EDUARDO BAUTISTA PEÑA.