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Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León

Nuevo León

Justicia para todos

Tribunal Virtual

SESION DE RESOLUCION

23 Nov 18

En el Juicio Ciudadano 194, después del análisis correspondiente, se concluyó que, toda vez que la Convocatoria relativa a la renovación de la dirigencia estatal del Partido Acción Nacional prevé la forma de contabilizar los días hábiles para los términos y plazos correspondientes y, en la inteligencia de que la actora al interponer el juicio de origen no solicitó su inaplicación, luego entonces, tal omisión resulta en su tácita aceptación y, por ende, la determinación, en observancia a la regla contenida en la convocatoria de mérito, resultó apegada a derecho. Por lo anterior y demás consideraciones contenidas en la sentencia, se confirmó, en lo impugnado, el acto reclamado.