El
día de hoy se acordó sobreseer el expediente identificado con la clave
JDC-008/2014, relatico a la demanda interpuesta por José Roberto Uvas Durán en
contra del Consejo General de la Comisión Estatal Electoral del Estado de Nuevo
León, debido a que en el medio de impugnación faltó expresión de agravio
directo a cargo del promovente; lo anterior, conforme a lo previsto en la
fracción “II” del artículo 124, en relación con lo dispuesto en la fracción
“IV” del diverso 123 y 112 de la Ley de Participación Ciudadana para el Estado
de Nuevo León.