Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León

Nuevo León

Justicia para todos

Tribunal Virtual

Sesión de Resolución

11 Oct 16

Este juicio es promovido por la C. ROSA MARÍA UVALLE DE LEÓN, en su calidad de Primera Regidora Propietaria del Ayuntamiento de Villaldama, Nuevo León, quien combate la omisión de la referida autoridad municipal respecto de su reincorporación al desempeño de su cargo, al haber concluido la licencia que le fuera otorgada por el referido cuerpo edilicio, no obstante mediar petición expresa para el efecto. 


Los Magistrados que integran el Pleno de este Tribunal resolvieron, por unanimidad, declarar procedente el juicio ciudadano, al considerar que el hecho de no reincorporar inmediatamente a la Primera Regidora Propietaria al ejercicio de sus funciones, a pesar de haberse agotado la licencia indefinida desde el momento en que presentó el primero de los escritos solicitando su reintegración. Lo anterior puesto que entraña una violación a su derecho político-electoral del voto pasivo, en su vertiente de acceso y desempeño en el cargo de elección popular correspondiente, dado que el aplazamiento a resolver su solicitud implica, de facto, negarle el derecho a desempeñarlo.  

Por lo anterior se resolvió ordenar la inmediata reincorporación de la enjuiciante en el desempeño de su puesto, con todos los emolumentos, prerrogativas, prestaciones y obligaciones inherentes a dicho cargo, a fin de resarcirla respecto de sus derechos de acceso y permanencia en el puesto para el que fue electa. Lo anterior dentro del plazo de veinticuatro horas contadas a partir de la notificación del fallo; apercibiendo al Ayuntamiento de Villaldama, Nuevo León, que en caso de incumplimiento, se aplicaran en su perjuicio las sanciones previstas en el artículo 42 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León, de observancia supletoria a la materia electoral, de conformidad con el diverso 288, párrafo segundo de la Ley Electoral local.